Este había sido presentada por el cuestionado, ex super intendente de bomberos, Pedro Rodríguez Santis.
El recurso fue interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso por el abogado José Rodrigo Santis Espinoza, donde se argumenta que su expulsión sería ilegal.
El escándalo en el Cuerpo de Bomberos de El Tabo por irregularidades con subvención municipal se remonta a principios del presente año cuando la Municipalidad de El Tabo presentó una Querella criminal en contra del Cuerpo de Bomberos de El Tabo , representado legalmente por Pedro Rodríguez Santis, por doble rendición de factura en la subvención municipal 2016. La acusación es por apropiación indebida y fraude al fisco.
Posteriormente, el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de El Tabo ordenó la expulsión de Pedro Rodríguez por dos años.
En el documento bomberil se indica como faltas infringidas, el ingreso a dependencias del cuartel general encontrándose suspendido y faltas detectadas en la auditoría realizada por la Junta Nacional de Bomberos.
En el RECURSO en contra del Cuerpo de Bomberos de El Tabo, representado actualmente y legalmente por Fernando Sariego Espinoza, se argumenta sobre la conformación de este Consejo Disciplinario, la que sería ilegal ya que, de acuerdo a una circular de la Junta Nacional de Bomberos, de fecha 29 de enero de 2015, se deben revisar y modificar los estatutos de los cuerpos de bomberos para adecuarlos a la legislación vigente la que, de acuerdo al artículo 553 del Código Civíl, los órganos disciplinarios no pueden estar conformados por miembros del directorio general, situación que no se estaría cumpliendo con los bomberos de El Tabo.
Finalmente, la Corte de Apelaciones acogió el recurso y estos argumentos además de aclarar que, “En relación a la querella interpuesta en contra del recurrente ante el Tribunal de Garantía de San Antonio, no hay antecedentes que exista sentencia condenatoria ejecutoriada en contra del recurrente, por lo que prima a la presunción de inocencia que ampara a todo ciudadano conforme al artículo 4° del Código Procesal Penal”.
La resolución señala principalmente que: “Corresponde que la resolución de 28 de abril de 2017, dictada por el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de El Tabo, que ordenó la expulsión por dos años del recurrente, y su posterior inhabilitación para desempeñar cargos de Oficial General y de Compañía, e integrar JNGECFBYQG Organismos Disciplinarios hasta por un año cronológico, SEA DEJADA SIN EFECTO”. (sic).
Mientras tanto, la querella interpuesta por la municipalidad de El Tabo y que involucra a Pedro Rodriguez Santis y al ex tesorero, Alonso Hinojosa Barrientos, sigue su curso normal. LNT.