Oficio contralor Nro. 01375 del 31 de enero de 2013 ordenaba informar a los órganos de salud competentes la vulneración a Licencias médicas en que incurrió el docente y concejal Fernando García Jofré (DC), durante cuatro meses el año 2012, además de ordenar instruir el sumario administrativo correspondiente.
Oficio contralor Nro. 01375 del 31 de enero de 2013 ordenaba informar a los órganos de salud competentes la vulneración a Licencias médicas en que incurrió el docente y concejal Fernando García Jofré (DC), durante cuatro meses el año 2012, además de ordenar instruir el sumario administrativo correspondiente.
Tal como informó nuestro medio, el concejal y docente, Fernando García Jofré, presentó licencias médicas desde el 23 de julio hasta el 1 de Diciembre de 2012, por un periodo de cuatro meses aproximadamente, durante la época de campaña municipal 2012, pero siguió asistiendo a las reuniones de concejo e incluso las presidió durante el mes de Octubre de ese año.
Al solicitar información sobre el cumplimiento a este oficio contralor, a través de la Ley 20.285 sobre Transparencia de la Información Pública, el DAEM Luis Díaz Soto nos informó sobre la realización del sumario pero también comunicó lo siguiente: “El Docente García, jamás incumplió reposo médico por cumplir con otras actividades, ya que al concurrir a las sesiones del Concejo Municipal en ese horario no le correspondía cumplir con su carga horaria como Docente de la comuna…”.
Bajo esta sorprendente argumentación, el DAEM no comunicó a los órganos de salud competentes esta infracción, tal como lo dictaba este Oficio Contralor.
Además, el DAEM respondió a nuestra solicitud de Transparencia fuera del plazo legal y no lo hizo a través del medio solicitado por el recurrente, esto es por correo electrónico, por lo que, el 12 de junio, recurrimos a amparo por el derecho a la información pública, ante el Consejo de la Transparencia.
Posteriormente, 20 de Junio, el Consejo para la Transparencia ofició (Oficio 2477) al municipio tabino para que, en caso de haber dado respuesta al requerimiento de información; “acredite dicha circunstancia, acompañando copia de dicha respuesta, y los antecedentes que acrediten la fecha y medio de despacho de ésta, de conformidad a lo establecido en el artículo 17, inc. 2° de la Ley de Transparencia..“.
En su defensa, el DAEM usó una argumentación tan inconsistente que, finalmente, el Consejo para la Transparencia, en su respuesta final, acordó admitir a tramitación nuestra solicitud de amparo, señaló que las alegaciones del municipio; “No dicen relación alguna con la solicitud de acceso a la información..” y requirió al municipio que; “Responda derechamente al reclamante acerca de si se ha cumplido con el Oficio N° 1.375 de 31 de enero de 2013, de Contraloría General de la República que ordenó comunicar a los organismos de salud competentes, la vulneración de la normativa que regula el uso de licencias médicas, en el caso de don Fernando García Jofré”.
Estando así las cosas, este 5 de Septiembre de 2013, a través del Oficio N° 472, el DAEM Luis Díaz Soto respondió, señalando que; “El Director de Educación Municipal mediante oficio N° 440 de fecha 4 de Septiembre del mes en curso, puso en conocimiento de la Isapre BANMEDICA los antecedentes relacionados a las licencias médicas del docente y concejal Fernando García Jofré, en especial las conclusiones de la Contraloría Regional en el oficio ya singularizado”.
Como se puede apreciar en la respuesta, recién este miércoles 4 de Septiembre de 2013, el DAEM se vio obligado a cumplir con el Oficio de Contraloría, gracias a las herramientas fiscalizadoras que el Estado de Derecho nos entrega a todos los ciudadanos. Léase Ley 20.285 sobre el derecho a la información pública. De otra forma, probablemente, estas malas prácticas se habrían prolongado en el tiempo, esperando que la falta cometida, vulneración de licencias médicas, se diluyera y perdiera en el olvido.
Al leer las respuestas del Departamento de Educación, se ve claramente que aquí no solo se pretendió tergiversar mañosamente un dictamen de Contraloría. También se intentó incumplir con la legislación sobre la información pública, negándonos ese derecho al alegar que el solicitante es funcionario público, como si fuéramos ciudadanos de segunda clase y vulnerando así el principio de la no discriminación regulado claramente por la ley 20.285 en su artículo N° 11, letra g).
Sin embargo, a través de todo este proceso, hemos logrado demostrar que las leyes son iguales para todos. LNT