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Agregado: Consultados Carabineros de El Tabo, aclararon que, sobre la investigación del llamado de bomba del 13 de Abril, esta no arrojó resultados positivos por lo que las acusaciones de Lautaro Robinson son absolutamente falsas e irresponsables.
Acusación grave en contra de autoridades de El Tabo y de Carabineros de Chile por, supuestamente, conocer y ocultar información sobre autor de aviso de bomba, en Abril del presente año. También reconoce conocer al culpable.
Imagen corresponde a fuerzas del GOPE de Valparaíso en municipalidad de El Tabo. Abril 13 de 2009.
Una nueva y grave acusación, en contra de administración Municipal de El Tabo y Carabineros de Chile, realiza Lautaro Robinson, a través de un blog personal de Internet.
La acusación de Robinson se refiere a una llamada anónima a Carabineros de retén de El Tabo, que se realizó cerca de las 18:55 horas del lunes 13 de Abril de 2009, anunciando la instalación de un artefacto explosivo en el edificio municipal, lo que movilizó a todo el contingente policial, incluyendo a fuerzas del GOPE de Valparaíso.
El aviso anónimo, proveniente de una voz masculina, dio un plazo de 20 minutos para el supuesto estallido y fue adjudicado al FPMR. indicando que el atentado era en contra del gobierno de la Concertación.
La llamada fue realizada desde un teléfono público ubicado en calle José Francisco con Av. San Marcos, cerca del centro de El Tabo, a solo dos cuadras del domicilio de Lautaro Robinson Araya.
En su nota, Lautaro Robinson incluso admite públicamente conocer el nombre del culpable, según él por boca de un vecino, información que, obviamente, debe ser entregada prontamente a tribunales. De no hacerlo se estaría configurando el delito de obstrucción a la justicia.
Pero Lautaro Robinson va más allá, ya que realiza gravísimas acusaciones en contra de la administración municipal e incluso en contra de Carabineros de Chile.
Puntualmente, Robinson acusa al municipio de conocer, desde el primer momento al autor de la llamada. Agrega que la administración comunal retiró la demanda contra los posibles responsables, una vez que la investigación policial reveló que el culpable estaba relacionado con el municipio y que el autor intelectual es un funcionario o funcionaria municipal.
En resumen, Lautaro Robinson acusa a la administración municipal de ocultar información sobre un delito, en concomitancia con Carabineros de Chile.
Aquí claramente se configura el delito de calumnia en contra de la municipalidad de El Tabo y en contra de Carabineros.
Al respecto, la Ley 19.733 sobre libertades de información y ejercicio del periodismo en su artículo 29 señala lo siguiente:
Artículo 29.- Los delitos de calumnia e injuria cometidos a través de cualquier medio de comunicación social, serán sancionados con las penas corporales señaladas en los artículos 413, 418, inciso primero, y 419 del Código Penal, y con multas de veinte a ciento cincuenta unidades tributarias mensuales en los casos del N° 1 del artículo 413 y del artículo 418; de veinte a cien unidades tributarias mensuales en el caso del N° 2 del artículo 413 y de veinte a cincuenta unidades tributarias mensuales en el caso del artículo 419.
No constituyen injurias las apreciaciones personales que se formulen en comentarios especializados de crítica política, literaria, histórica, artística, científica, técnica y deportiva, salvo que su tenor pusiere de manifiesto el propósito de injuriar, además del de criticar.
Fuente: Diario oficial.
Por tanto, los antecedentes deberán ser puestos a disposición de los Tribunales de Justicia.