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Mayoría de los organismos públicos no estarían cumpliendo con ley 20.730 que regula el Lobby

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Un caso ilustrativo. Las audiencias otorgadas por el ministro del interior, Jorge Burgos, a dirigentes de camioneros de la Araucanía no fueron registradas en la plataforma, ley del lobby,  implementada por la SEGPRES, Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

La ley obliga a mantener esta información al día, a disposición de la ciudadanía, y para ello existe esta plataforma en internet para poder visualizar las audiencias otorgadas por las autoridades (sujetos pasivos), a los lobbistas o gestores de interés (sujetos activos), así como también los donativos recibidos, los viajes realizados y el costo de estos.

La ley 20.730 establece, principalmente, “Como deber de las autoridades y los funcionarios públicos, el registrar y dar publicidad a las reuniones y audiencias solicitadas por lobistas y gestores de interés particulares que tengan como finalidad influir en una decisión pública. Lo anterior incluye los esfuerzos específicos para influir en el proceso de tomas de decisiones y cambios en las políticas, planes o programas, en discusión o desarrollo, o sobre cualquier medida implementada o materia que deba ser resuelta por el funcionario, la autoridad o el organismo público”.

Esta última definición se encuadra con la reunión sostenida entre el ministro Burgos, el subsecretario del Interior,Mahmud Aleuy y la directiva de la Confederación Nacional de Transportistas de Carga (CNTC), el pasado 24 de agosto en el palacio de gobierno. Sin embargo, esta audiencia no quedó registrada en la plataforma implementada por la Segpres para la ley del lobby, contraviniendo de esta forma esta normativa legal.

Pero no son los únicos. Al revisar esta plataforma, el propio Consejo para la Transparencia solo registra una audiencia el año 2014 y otra en marzo del 2015, ambas otorgadas por su presidenta, Vivianne Blanlot.

Algo similar sucede, por ejemplo, con la Policía de Investigaciones (dos audiencias). En el Ejercito de Chile, su comandante en jefe, general, Humberto Oviedo, nunca habría dado una audiencia. En la Armada de Chile, el Almirante Enrique Larrañaga Martin aparece tan solo con dos audiencias, ambas en enero de 2015. La presidencia de la república registra tres audiencias durante el año 2015.

En contraparte, Gendarmería de Chile registra 120 audiencias en el 2015 y la Segpres, 24, cinco de las cuales corresponden al ministro Nicolás Eyzaguirre.

En el caso de los municipios, la ley empezó a regir para ellos, recién el 28 de agosto de 2015.

La ley 20.730 en su artículo nro. 14 y siguientes dispone sanciones o multas de 10 a 30 UTM. para el jefe de servicio o a quien haga sus veces, en el caso de no registrar o no informar dentro de plazo. Si se trata de una omisión o de la inclusión a sabiendas de información falsa o inexacta, la multa será de 20 a 50 UTM. sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere corresponder.

Para ver audiencias otorgadas, viajes y donaciones de las instituciones públicas, pinche Aquí.

 

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