Home Política Tribunal Electoral de Valparaíso inhabilitó a Luis García Jofré como candidato a alcalde en El Tabo

Tribunal Electoral de Valparaíso inhabilitó a Luis García Jofré como candidato a alcalde en El Tabo

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Así lo resolvió el TER luego de la presentación realizada por el presidente del PPD, Jaime Quintana.

Luis García Jofré se había presentado como candidato por el partido Progresista, luego de perder las elecciones primarias representando a la Democracia Cristiana frente al actual alcalde, Emilio Jorquera del PPD.

altAsí lo resolvió el TER luego de la presentación realizada por el presidente del PPD, Jaime Quintana.

Luis García Jofré se había presentado como candidato por el partido Progresista, luego de perder las elecciones primarias representando a la Democracia Cristiana frente al actual alcalde, Emilio Jorquera del PPD.

 

Al ahora ex candidato Luis García aún le queda la apelación ante el TRICEL de Santiago para intentar revertir esta medida.

A continuación, la resolución del TER de Valparaíso.

 

Valparaíso, veintiuno de agosto de dos mil doce.

    Vistos y Considerando:

    1.- Reclamo electoral de fs. 18 a 21, formulado por don Juan Marcos Moreno Rosales, abogado, actuando en representación convencional de don Jaime Quintana Leal, en su carácter de Presidente del Partido Por la Democracia, todos domiciliados en Esmeralda 1074, oficina 603, Valparaíso que se dirige en contra de Luis Alejandro García Jofré, se ignora profesión, domiciliado en Camino Vecinal N° 7, comuna de El Tabo, candidato a Alcalde por la misma.

    2.- Documentos de fojas 23 y 24, consistentes en copia de carta que detalla el envío de la causa Rol N° C-176-2011, caratulada I. Municipalidad de El Tabo con Luis Alejandro García Jofré, del 2° Juzgado de Letras de San Antonio a la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso y en copia de resolución que provee a la dúplica evacuada en la causa Rol N° C-1436-2011.- caratulada  I. Municipalidad de El Tabo con García, del Primer Juzgado de Letras de la misma ciudad, de cuya lectura conjunta, unida al certificado de fojas 21 extendido por el Secretario Relator, se desprende que hay dos juicios en los que el referido candidato a alcalde está demandado por la I. Municipalidad de la que pretende ser su autoridad máxima.
    Los referidos hechos, según el impugnante, significan que el reclamado tendría, a la fecha de inscripción de su candidatura, dos litigios pendientes con la Municipalidad a la que pretende representar, lo que contraviene, desde tal óptica, al artículo 74 letra C) de la Ley 18.695.

     3.- Que entendiendo la expresión “litigio” en su sentido natural y obvio, de acuerdo al concepto común que de él tiene una persona media, sólo es dable interpretar que la existencia de dos demandas de cariz patrimonial en contra del candidato en comento, le confieren la calidad de litigante con el municipio a cuya dirección aspira, o que tiene una contienda o litigio con él.
    Y, teniendo presente además lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 18.695 y números 27, 28 y 29 del Auto Acordado del Tribunal Calificador de Elecciones sobre Tramitación y Procedimientos que Deben Aplicar los Tribunales Electorales; SE RESUELVE:  QUE SE  ACOGE la reclamación deducida por el Partido por la Democracia y en consecuencia, se declara que don Luis Alejandro García Jofré es inhábil para ser candidato a Alcalde por la I. Municipalidad de El Tabo, por afectarle la causal establecida artículo 74 letra C) de la Ley 18.695.
    Comuníquese por la vía más expedita al Director Regional del Servicio Electoral y a las partes, sin perjuicio de su inclusión en el estado diario.

    Rol N° 96-2012.-   

Notificación por el Estado Diario el día veintiuno de agosto de dos mil doce.-
Información de cortesía.

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