Luego de casi dos años, la Tercera sala de la Corte de Valparaíso condenó al ex alcalde a un pago de 88 UTM, cerca de cuatro millones de pesos.
Luego de casi dos años, la Tercera sala de la Corte de Valparaíso condenó al ex alcalde a un pago de 88 UTM, cerca de cuatro millones de pesos.
La denuncia la realizó ante la CONAF, a mediados del año 2013, el profesor, Carlos Medina, miembro de la Fundación Kennedy para la conservación de los Humedales.
En la ocasión, el ex alcalde ironizó señalando que, ”Si los señores de la Fundación Kennedy me incorporan a su directorio y me pagan los millones que ellos ganan sin hacer nada, yo dejo todo esto y me voy a vivir con lo que ellos me paguen”.
También reconoció la construcción de un camino de 800 metros de largo que buscaba llegar hasta el Estero de Córdova, con la intención de un proyecto de ecoturismo que deseaba desarrollar en su predio. Sin embargo, al momento del juicio en su contra, la defensa de García argumentó que lo que se estaba construyendo era un Corta Fuegos y solicitó su absolución debido a que su defendido había, “Actuado en una situación de ignorancia inexcusable y buena fe comprobada”.
Se alegó que, “no sabía de la prohibición legal de cortar Naranjillos ni que en su bosque hubiese especies de esa clase. Agrega que despejó el terreno para realizar un corta fuegos y así evitar un daño mayor al bosque”. Un acto desinteresado de nobleza, sin duda.
Finalmente, el tribunal desestimó los cálculos entregados por el fiscalizador , que en su informe explicaba que, “dando cuenta que en el bosque nativo ubicado en las cercanías de la zona intervenida, de acuerdo a cálculos estadísticos, existe un Naranjillo por cada 100 metros cuadrados y que el área intervenida corresponde a 3.800 metros cuadrados”.
Se descartó el informe del fiscalizador porque, “No parece razonable aplicar la estadística para sancionar administrativamente a una persona si ésta no va acompañada de estudios científicos o muestras de campo que la avalen”.
Finalmente se consideró que solo se intervino la cantidad de cuatro Naranjillos, por ser la suma que reconoció el acusado. Como la sanción estipulada por la ley es del doble del valor comercial de la especie intervenida, la que fue fijada en una suma equivalente de 10 UTM, cada una aumentada en un 100%, y finalmente un aumento a esta multa en un 10% sobre ese valor, la cifra en contra del ex alcalde, Luis García Jofré, se fijó en 88 UTM. LNT.
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